Los diputados locales reformaron el Código Penal del Estado, con la finalidad de
establecer el delito de pederastia y que sea imprescriptible, además de integrar un
capitulo del feminicidio.
El presidente de la Comisión de Justicia, Luis Enrique Benítez Ojeda señaló que este
paquete de reformas se busca proteger y garantizar los derechos humanos de los
menores de edad como de las mujeres.
De esta manera, se incorpora la pederastia al catálogo de delitos de legislación
penal, dando respuesta a la demanda de la sociedad de precisar con mayor fuerza
esta conducta, toda vez que la misma no se encontraba tipificado como delito en el
Estado.
Además se establece que el delito de pederastia sea imprescriptible, al igual que el
ejercicio de la acción penal en contra de los sujetos activos de la conducta
imponible, ya que un menor a su corta edad tiene pocas posibilidades de que se
defienda y su falta de preparación le impida acudir ante la instancia judicial
correspondiente para poner una denuncia.
Con las reformas también se plasma el delito de feminicidio es cuando entre la
víctima y el sujeto activo exista o haya existido una relación de parentesco por
consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia,
noviazgo o cualquier otra relación de hecho o amistad; o cuando haya existido una
relación laboral, docente o cualquier otro que implique confianza, subordinación o
superioridad.