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H. Congreso del Estado de Durango

Presenta Otniel García iniciativa para tipificar el delito de falsa acusación

  • No se procederá penalmente antes de que exista resolución firme que determine la inexistencia del hecho denunciado.

Con el propósito de fortalecer la justicia y proteger la dignidad de las personas, el diputado Otniel García Navarro presentó la iniciativa para reformar el Código Penal del Estado para incorporar el delito de falsa acusación, que dependiendo del caso puede establecer sanciones de seis meses a dos años de prisión.

“Cuando el proceso penal se utiliza para dañar o manipular a una persona inocente, no solo se vulneran sus derechos, también se erosiona la confianza ciudadana en las instituciones encargadas de protegernos”, consideró al realizar la ampliación de motivos.

En este sentido, explicó que comete el delito de falsa acusación la persona que, a sabiendas de la falsedad de los hechos y con el propósito de inculpar, perjudicar, exculpar a un tercero u obtener un beneficio indebido, impute a alguien la comisión de un delito, ante una autoridad competente, provocando con ello una investigación, procedimiento o afectación a su honor, reputación o libertad.

No se procederá penalmente por este delito antes de que exista resolución firme que determine la inexistencia del hecho denunciado, o la no participación de la persona imputada; ya sea mediante sentencia absolutoria, auto de sobreseimiento, archivo definitivo, o no ejercicio de la acción penal dictado por autoridad competente.

Las penas serán de seis meses a dos años de prisión y de ciento a trescientos días multa, donde la persona sentenciada deberá cubrir la reparación integral del daño, que comprenderá, en su caso, indemnización por daño moral y la publicación, a su costa, de la resolución absolutoria o de sobreseimiento, en los términos y medios que determine la autoridad judicial.

El legislador de Morena, explicó que, actualmente, el Código Penal no contempla de forma expresa el delito de falsa acusación, lo que deja un vacío legal que permite que una persona pueda imputar un delito de manera dolosa, con intención de causar daño, sin enfrentar consecuencias jurídicas.

Agregó que, si bien existen figuras como falsedad en declaraciones o falso testimonio, estas no sancionan la conducta específica de quien inicia deliberadamente un procedimiento penal basado en hechos falsos.

“Bajo la visión de la Cuarta Transformación, la justicia no puede ser utilizada como herramienta de persecución o venganza. Debe ser un instrumento de verdad, ética pública y respeto a la dignidad humana”, afirmó el legislador.