Es trascendental conservar y preservar las lenguas indígenas en el Estado ante las múltiples amenazas que están poniendo en riesgo su continuidad, consideró la diputada Adriana Villa Huizar al proponer la creación de la Academia Duranguense de las Lenguas.

Al realizar la ampliación de la iniciativa de reformas a Ley General de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado, explicó que la discriminación ofensiva y excluyente, la migración y los desplazamientos territoriales, la pobre y limitada oferta educativa, los lenguajes dominantes y unificados de la globalización, la débil protección legal y jurídica de los derechos indígenas, son entre muchas otras, situaciones de riesgo que atentan contra la conservación.

Por ello, consideró oportuno atender uno de los mayores problemas que enfrentan dada la vulnerabilidad de los pueblos indígenas, por lo que cuidar las lenguas étnicas es la mejor manera de garantizar la continuidad de las cosmogonías y las representaciones culturales de los pobladores originales, como condición para mantener la fortaleza del tejido social y la organización comunitaria que han dado sentido y significado histórico a los pueblos primigenios de la vasta geografía duranguense.

De manera específica, se busca establecer en la Ley la obligación para que el Estado y los municipios protejan y promuevan el desarrollo y uso de las lenguas indígenas por conducto de la Secretaría de Educación, el Instituto de Cultura, la Academia Duranguense de Lenguas Indígenas, en coordinación con el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.

En este sentido, la citada Academia será un organismo desconcentrado dependiente de la Secretaría de Educación que tendrá las atribuciones de promover el estudio de las lenguas indígenas a través de una política lingüística-cultural, procurar la preservación de su pureza, estudio y difusión, respetando las variantes dialectales existentes.

Además de promover la producción y publicación de libros de texto gratuitos y materiales didácticos de acuerdo a las variantes dialectales para su uso en la educación; así como las traducciones en lenguas indígenas de obras en otros idiomas de interés para los pueblos indígenas.

Finalmente, el cargo de Director General de la Academia será nombrado y removido libremente por el Gobernador del Estado.