• Es resultado de la iniciativa de los diputados del PRI, PNA y PVEM

 

El Congreso del Estado realizó la declaratoria de aprobación de las reformas a la Constitución Política local, en materia de disciplina financiera; una vez que recibió la opinión a favor de 33 ayuntamientos, por lo que se envió al Ejecutivo Estatal el decreto correspondiente para su promulgación y publicación en el Periodo Oficial del Gobierno del Estado.

En este sentido, durante la sesión ordinaria se contabilizaron las opiniones de los cabildos como Parte del Constituyente Permanente en virtud a las adecuaciones que se aprobaron para homologar la Constitución Local a lo que plasma la Constitución Federal resultado de la iniciativa que presentaron en su momento los diputados del PRI, PNA y PVEM.

Posteriormente, con fundamento a la Constitución Política del Estado, el presidente de la Mesa Directiva, Jorge Salum del Palacio; realizó la declaratoria correspondiente, ya que para que entrará en vigor se requería el voto a favor de la mitad más uno, de la totalidad de los ayuntamientos, por lo que se cumplió en tiempo y forma con lo que plasma la Carta Magna.

De esta manera, se concluye con el proceso legislativo en materia constitucional a través de las reformas que buscan garantizar el manejo transparente, responsable y eficiente de los recursos públicos.

Además se precisa el carácter de los servidores públicos para efectos de responsabilidades en el manejo indebido de recursos y deuda pública; otorgar facultades a la Entidad de Auditoría Superior del Estado para que fiscalice las acciones del Estado y municipios en materia de fondos, recursos locales y deuda.

En este sentido, Estado y los ayuntamientos no pueden contraer empréstitos u obligaciones, sino cuando se destinen a inversiones públicas productivas y a su refinanciamiento o reestructura, las cuales deben realizarse bajo las mejores condiciones del mercado, inclusive los que contraigan organismos descentralizados, empresas públicas y fideicomisos.

La reforma también establece que las cuentas públicas del año anterior deberán ser enviadas a la Legislatura del Estado, a más tardar el 30 de abril y que sólo se podrá ampliar el plazo de presentación cuando medie solicitud del Gobernador, suficientemente justificada a juicio de la Legislatura.