Diputados establecen sanciones hasta 10 años por lesiones y 50 años. 

Se protegen también edificios de hospitales y clínicas, públicas y privadas

Por unanimidad y resultado de los acuerdos y consensos,  el Congreso del Estado aprobó las reformas al Código Penal del Estado, con la finalidad de proteger al personal de salud al sancionar a quienes los agredan por  motivos de discriminación por su profesión u oficio, estableciendo  como   penas hasta 10 años por lesiones  y 50 años por homicidio.

De esta manera, cumpliendo con su responsabilidad, legisladores elaboraron las adecuaciones jurídicas y necesarias para la protección de los derechos de las personas dedicadas  a la labor médica.

En este sentido, en el caso de lesiones calificadas se establece una sanción desde tres meses hasta 10 años de prisión o multa  entre los dos mil y los 104 mil pesos, dependiendo de la lesión que sufran; en el caso de discriminación será de uno a tres años de prisión o de seis mil a 18 mil 700 pesos de multa.

En lo que se refiere a homicidio calificado va desde los 20 a los 50 años de prisión,  en favor de la seguridad  y tranquilidad de todo el personal de salud; además, se  impondrá de cinco a 10 años de prisión y multa de 360 a 720 veces la Unidad de Medida y Actualización, al que ponga en peligro o cause daños a bienes de  atención médica.

“Este mensaje va para todo el personal de salud, a partir de hoy, este Congreso va a proteger  a todos los trabajadores de la salud, desde la persona que vigila la entrada,  el intendente, el nutriólogo, la enferma, el químico,  hasta el  especialista  más importante al interior de la Secretaría de Salud o de los hospitales privados o de ISSSTE o de IMSS”, destacó el presidente de la Comisión de Salud Pública, Esteban Villegas Villarreal al razonar su voto a favor.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Justicia, Antonio Ochoa Rodríguez, comentó que como parte de la iniciativa del PAN,  se modificó la descripción del tipo penal del delito de discriminación incluido en el Código Penal local, para que se sume como causa la profesión u oficio al que se dedique la víctima.

Además, se agrega una agravante en el delito de amenazas, misma que se actualiza cuando dicho ilícito tenga como causa un infundado peligro de contagio.

Por su parte, el diputado Rigoberto Quiñonez Samaniego  vio con beneplácito que se sancione  a quienes agredan al personal de salud, por ello reiteró  “hoy más que nunca todo el personal de salud debe tener la protección del Estado”.

Lo anterior, en virtud de que su labor particularmente es totalmente humanitaria, por lo que están conscientes que no pueden permitir que existan sectores de la sociedad que los estén atacando de esta forma infundada en estos tiempos, ya que  demuestran lo importantes e indispensables que son en la sociedad.