Indispensable clarificar mecanismos y procesos de la EASE: Susy Torrecillas

A fin de prevenir la discrecionalidad en la evaluación del manejo de los recursos públicos y lograr una efectiva lucha contra la corrupción, la diputada Susy Torrecillas Salazar presentó la iniciativa de reformas a la Ley de Fiscalización del Estado.

“Resulta indispensable la clarificación y regulación plena de los mecanismos, procedimientos y criterios a cargo de la Entidad de Auditoría Superior del Estado”, puntualizó a nombre del Grupo Parlamentario del PRI.

Al respecto, explicó que la iniciativa tiene como propósito dotar de solidez a diversos criterios que actualmente contempla la Ley de Fiscalización Superior del Estado, a fin de que tales elementos para la evaluación del gasto público se encuentren previstos, con claridad y objetividad, dispuestos legislativamente.

De esta manera, la Entidad de Auditoría Superior del Estado deberá formular los pliegos de observaciones de manera cuatrimestral o semestral según sea el caso, en un plazo no mayor de un mes posterior a cada periodo.

El proceso de análisis de los informes de resultados y la elaboración del dictamen correspondiente a cargo de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública deberá realizarse en un plazo que no exceda del mes de mayo del año siguiente al periodo que se analiza.

En los años en que concluya el periodo de gobierno constitucional de los ayuntamientos, se dictaminará el ejercicio correspondiente al primer semestre del año en curso, en los primeros 10 días del mes de agosto; la parte que corresponda al segundo semestre, en el mes de febrero del año siguiente.

La Entidad de la Auditoría Superior del Estado deberá elaborar su proyecto de presupuesto anual y enviarlo al Poder Legislativo a través de la Secretaría General del Congreso en el mes de octubre de cada año y aprobar en el mes de noviembre el Programa Operativo Anual.

En el caso de que se apliquen sanciones económicas a los entes públicos, los recursos se destinarán única y exclusivamente a la beneficencia pública del Estado y al Sistema Integral para el Desarrollo de la Familia, por lo que se deberán realizar las previsiones debidas para tal fin.