Vero Pérez propone reformas a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado

Con la finalidad de garantizar en los procesos judiciales que en ningún momento se ejerza sobre los menores de edad una revictimización o victimización secundaria y tengan una intervención mínima, la diputada Verónica Pérez Herrera, presentó la iniciativa de reformas a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado.

“El revivir mediante el relato repetido de forma desproporcionada por parte de la víctima, es volverle a propinar el sufrimiento y daño recibido por parte del delincuente, conlleva estados de ansiedad, de estrés y de angustia, lo que, en el caso de un menor, puede ocasionar malas relaciones interpersonales, que afectaría de manera evidente su vida cotidiana, además de la consecuente vulneración del derecho a su salud mental”, resaltó al realizar la ampliación de motivos.

Durante la sesión de la Comisión Permanente, destacó que en ocasiones el trabajo de algunos servidores públicos, que tienen relación con la impartición de justicia, se excede o se práctica de manera inadecuada al momento de las indagatorias, la preparación y desahogo de las pruebas o de los testimonios.

Por ello, a nombre del Grupo Parlamentario del PAN, consideró que las autoridades deben garantizar la mínima participación de los menores dentro de los procedimientos en los que necesariamente se requiera su intervención, de manera que se les aleje en la medida de lo posible, de todo evento traumatizante y que afecte su estabilidad y su salud integral.

“La revictimización o victimización secundaria, se convierte en un agravio sobre uno previo en contra de un menor que ha padecido el perjuicio de un delito”, puntualizó la legisladora.

Pérez Herrera, agregó que estos actos por parte de los diversos servidores públicos, constituyen un inadecuado cumplimiento de su deber y para quienes resultan revictimizados es una desproporción y violación a sus derechos humanos y su dignidad.

“Cuando estos actos revictimizantes, son dirigidos o ejercidos sobre una niña, un niño o un adolescente, el acto se vuelve aún más lesivo, pues el solo hecho de que un menor se vea en la necesidad de participar en un procedimiento ante autoridad, es ya por sí mismo un atentado a su estabilidad emocional, por lo que revictimizarlos es una violación clara a su derecho al pleno desarrollo”, concluyó.