La diputada Gina Campuzano González propuso hacer una reconfiguración del delito por discriminación, establecido por el Código Penal del Estado en el artículo 306.

Comentó que es necesario crear una nueva redacción a este ordenamiento para delimitar con mayor claridad la conducta que se pretende inhibir y brindar mayor protección a los grupos vulnerables.

La legisladora panista indicó que la discriminación es una práctica cotidiana que consiste en dar un trato desfavorable o de desprecio inmerecido a determinada persona o grupo, “que a veces no percibimos, pero que en algún momento la hemos causado o recibido”.

Como ejemplos de conductas discriminatorias mencionó el impedir el acceso a la educación pública o privada por tener una discapacidad, otra nacionalidad o credo religioso, así como prohibir la libre elección de empleo o restringir las oportunidades de acceso, permanencia y ascenso en el mismo, por ejemplo, a consecuencia de la corta o avanzada edad.

Otro ejemplo es establecer diferencias en los salarios, las prestaciones y las condiciones laborales para trabajos iguales, como puede ocurrir con las mujeres.

Gina Campuzano destacó que los efectos de la discriminación en la vida de las personas son negativos y tienen que ver con la pérdida de derechos y la desigualdad para acceder a ellos, lo cual puede orillar al aislamiento, a vivir violencia e incluso, en casos extremos, a perder la vida. Para efectos de la Ley Estatal de Prevención y Eliminación de la Discriminación, señala en su artículo 9, que se entenderá por discriminación:

Dijo que debe quedar claro que, para efectos jurídicos, la discriminación ocurre solamente cuando hay una conducta que demuestre distinción, exclusión o restricción, a causa de alguna característica propia de la persona que tenga como consecuencia anular o impedir el ejercicio de un derecho.