 Se debe eliminar todo elemento que la
convierta en lenta, costosa y de difícil acceso

Una justicia laboral efectiva, pronta y expedita dará certeza jurídica a los
trabajadores, por lo que se debe eliminar todo elemento que la convierta en lenta,
costosa y de difícil acceso, señaló el diputado Gabriel Rodríguez Villa al exhortar al
Cámara de Diputados para que destine los recursos necesarios dentro del
Presupuesto de la Federación 2018, con la finalidad de implementar las reformas
constitucionales.
Al hacer uso de la tribuna, recordó que en el Diario Oficial de la Federación del 24
de febrero de 2017 se publicó el Decreto de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, en materia de Justicia Laboral, estableciendo una reforma de
fondo al derecho procesal del trabajo.
En este sentido, explicó que las adecuaciones constitucionales contribuirán a
consolidar el Estado Democrático y de Derecho en México, ya que van e
encaminadas a lograr que la justicia cotidiana laboral se acerque, cada vez más y de
mejor manera, a trabajadores y empleadores para brindar y asegurar plena
certidumbre jurídica.
Sin embargo, Rodríguez Villa comentó que la reforma implica una importante serie
de adecuaciones a la legislación secundaria federal, así como constituciones y leyes
locales, para hacer posible su implementación y la eficacia de estas normas.
Pero, además, se tiene que destinar los recursos necesarios para concretar los
cambios institucionales, para dotar a los nuevos órganos que se crean, de las
herramientas precisas para lograr las metas y objetivos de esta nueva y ambiciosa
visión de justicia para los trabajadores mexicanos.

Al respecto, recordó que el Consejo presupuestó recursos 324.2 millones de pesos,
para instalar y operar 35 órganos jurisdiccionales en materia laboral, en cada
Circuito Judicial y para distribuir en alguna entidad federativa que lo requiera.
Finalmente, comentó que la reforma establece que la resolución de conflictos o
diferencias entre trabajadores y patrones estará a cargo de los tribunales laborales
del Poder Judicial de la Federación o de las entidades y que, antes de acudir a los
tribunales laborales, las partes deberán asistir a la instancia conciliatoria
correspondiente.