Los diputados locales reformaron el Código Penal del Estado, con la finalidad de

establecer el delito de pederastia y que sea imprescriptible, además de integrar un

capitulo del feminicidio.

El presidente de la Comisión de Justicia, Luis Enrique Benítez Ojeda señaló que este

paquete de reformas se busca proteger y garantizar los derechos humanos de los

menores de edad como de las mujeres.

De esta manera, se incorpora la pederastia al catálogo de delitos de legislación

penal, dando respuesta a la demanda de la sociedad de precisar con mayor fuerza

esta conducta, toda vez que la misma no se encontraba tipificado como delito en el

Estado.

Además se establece que el delito de pederastia sea imprescriptible, al igual que el

ejercicio de la acción penal en contra de los sujetos activos de la conducta

imponible, ya que un menor a su corta edad tiene pocas posibilidades de que se

defienda y su falta de preparación le impida acudir ante la instancia judicial

correspondiente para poner una denuncia.

Con las reformas también se plasma el delito de feminicidio es cuando entre la

víctima y el sujeto activo exista o haya existido una relación de parentesco por

consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia,

noviazgo o cualquier otra relación de hecho o amistad; o cuando haya existido una

relación laboral, docente o cualquier otro que implique confianza, subordinación o

superioridad.