La diputada Sonia Catalina Mercado Gallegos presentó la iniciativa de reformas a la Ley Orgánica del Congreso del Estado, con la finalidad de clarificar y mejorar el proceso parlamentario de las iniciativas  propuestas al Congreso de la Unión.

“Con esta iniciativa buscamos responder a un vacío específico de la normativa parlamentaria local, ya que si bien los asuntos de tal naturaleza se han resuelto mediante un ejercicio de interpretación legal, es importante fijarles el procedimiento específico en nuestra norma interna”, puntualizó.

Recordó que el artículo 71 de la Constitución Federal otorga el derecho de iniciar leyes o decretos al Presidente de la República; a los diputados y senadores al Congreso de la Unión; a las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México; y a los ciudadanos en un número equivalente, por lo menos, al cero punto trece por ciento de la lista nominal de electores.

En este sentido, en  las Cámaras de Senadores y Diputados se sigue un procedimiento de estudio de las iniciativas, considerando el cumplimiento al menos del fundamento constitucional para ser iniciador por parte de las legislaturas y los requisitos formales que se exigen regularmente en la práctica parlamentaria.

“En lo que respecta a la Ley Orgánica del Congreso del Estado, no prevé disposición  específica en torno al trámite local respectivo de tales propuestas hechas ante el Congreso Federal, por lo cual es necesario clarificar y precisar los elementos particulares para dicho procedimiento”, detalló Mercado Gallegos.

De esta manera, se busca establecer que en la tramitación de tales propuestas, previo el trámite ordinario de inscripción para las iniciativas desarrollado en la misma ley, se turnarán a la comisión o comisiones que correspondan, de acuerdo a la naturaleza de los asuntos y ordenamientos legales objeto de las propuestas, y asimismo, los dictámenes incluirán el razonamiento de ser una propuesta de iniciativa ante el Congreso de la Unión, así como a la Cámara a la que se dirige.

También se plantea que contendrán al menos dos puntos resolutivos, el acuerdo que ha tomado la Legislatura de proponer o iniciar ante una de las cámaras del Congreso de la Unión, una iniciativa de ley o decreto; y la redacción de las modificaciones legales que se proponen.