La iniciativa de reformas al Código de Procedimientos Civiles para Estado, busca garantizar la igualdad procesal entre las  partes involucradas de un juicio, ya que en la actualidad representa una desventaja para los litigantes, destacó la diputada Cinthya Leticia Martell Nevárez.

Comentó que los artículos 14 y 16 de la Constitución, establecen el derecho a la igualdad procesal, cuya fórmula se resume en oír a ambas partes, de forma que los litigantes se encuentren en una relativa igualdad de condiciones y que ninguno pueda encontrarse en una posición de inferioridad jurídica frente al otro, es decir, no debe concederse a una parte lo que se niega a la otra.

“El término de seis días que establece actualmente el  Código de Procedimientos Civiles para el Estado, para la contestación de la demanda en reconvención, se encuentra en clara desventaja frente al actor en la reconvención, en donde la carga de la prueba pasa al demandado al oponer sus excepciones”, consideró Martell Nevárez.

Lo anterior en  virtud de que la reconvención tiene todas las formalidades de una demanda, y al demandado se le otorga un término de nueve días para contestar,  por lo que resulta lógico y justo que al demandado en reconvención se le otorguen los mismos nueve días para contestarla.

En este sentido, subrayó  que la reconvención constituye el ejercicio de una acción autónoma que se hace valer al contestar la demanda; es decir constituye una nueva demanda mediante la cual, la ley permite deducir una nueva acción en el mismo procedimiento iniciado por el actor; con el objeto de que no se multipliquen innecesariamente los juicios.

“El principio de igualdad procesal de las partes en un juicio, es una razonable igualdad de posibilidades en el ejercicio de cada una de las pretensiones, de modo que no se genere una posición sustanciosamente desventajosa para una frente a la otra”, destacó a nombre del Grupo Parlamentario del PT.