El Congreso del Estado aprobó las reformas a la Ley Orgánica de la Administración

Pública del Estado y a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del

Estado y de los Municipios, con la finalidad de fortalecer el Sistema Local

Anticorrupción.

Cabe destacar que las Comisiones Unidas de Justicia y Hacienda, Presupuesto y

Cuenta Pública analizaron las iniciativas que presentaron los diputados de PRI, PAN,

PRD, PVEM y el PT.

En el caso de las modificaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública del

Estado, se tiene como propósito que la Secretaría de la Contraloría realice las

funciones atribuidas en la Ley General, de tal suerte que traiga como resultado el

fortalecimiento de la autoridad responsable de llevar a cabo, entre otras, el

desahogo de los procedimientos de responsabilidad administrativa en el Estado,

además de brindarle una mayor certeza jurídica.

Por ello, deberá de informar periódicamente al Consejo Coordinador del Sistema

Local Anticorrupción, así como al Ejecutivo del Estado, sobre el resultado de la

evaluación, respecto de la gestión de las dependencias y entidades de la

administración pública estatal.

Así como de aquellas que hayan sido objeto de fiscalización, e informar a las

autoridades competentes, cuando proceda, del resultado de tales intervenciones y

en su caso, promover ante las autoridades competentes las acciones que procedan

para corregir las irregularidades detectadas.

Además de conocer e investigar las conductas de los servidores públicos de la

Administración Pública Estatal que puedan constituir responsabilidades

administrativas, así como substanciar los procedimientos correspondientes

conforme a lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas,

por sí, o por conducto de los órganos internos de control que correspondan a cada

área de la Administración Pública Estatal.

Para lo cual podrán aplicar las sanciones que correspondan en los casos que no

sean de la competencia del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado y, cuando

 

se trate de faltas administrativas graves, ejercer la acción de responsabilidad ante

ese Tribunal; así como presentar las denuncias correspondientes ante la Fiscalía

Especializada en Combate a la Corrupción y ante otras autoridades competentes,

en términos de las disposiciones aplicables.

En lo que se refiere a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del

Estado se establece que sujetos de esta Ley, toda persona que desempeñe un

empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública

estatal o municipal, y en los Poderes Legislativo y Judicial del Estado, todas aquellas

personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en

las dependencias, entidades y organismos de los Poderes Públicos, municipios u

organismos constitucionales autónomos.