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Con relación a los procesos sancionatorios que el Congreso del Estado lleva a cabo contra José Ramón Enríquez Herrera, en su calidad de Presidente Municipal de Durango, Durango, informo lo siguiente:

  • Con 20 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones, el Congreso del Estado acordó iniciar el tercer proceso sancionador a través de la Comisión de Responsabilidades, contra del presidente municipal, José Ramón Enríquez Herrera por haber infringido en forma reiterada los principios de legalidad, honradez, imparcialidad y eficiencia que deben observar los servidores públicos en su desempeño.
  • De esta manera, el Pleno del Congreso aprobó dar inicio al procedimiento de destitución e inhabilitación del presidente municipal José Ramón Enríquez Herrera. Lo anterior, en virtud a las facultades que otorga el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • El dictamen votado por el Pleno del Congreso regresa a la Comisión de Responsabilidades, para que esta a su vez emplace al Ayuntamiento y al servidor público en cuestión. Concluido el proceso antes mencionado, se abre el juicio político por hasta 30 días naturales.
  • Lo anterior, derivado de la sentencia emitida por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la sentencia 76/2018.
  • En este sentido, el Tribunal Electoral determina la violación al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, considerando que, en los actos atribuidos, materializan la inobservancia a la prohibición de divulgar propaganda gubernamental con fines de promoción personalizada por parte del Presidente Municipal.
  • Además, se apercibe a Enríquez Herrera a no incidir nuevamente en las conductas que dieron origen a la presente sanción, pues su reincidencia dará curso a procedimientos de responsabilidad que castiguen en grado severo su reiteración.
  • Es importante puntualizar que no es el Congreso del Estado de Durango, ni los legisladores, quienes juzgan; ha sido el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la instancia que determinó que el funcionario en cuestión incurrió en una infracción, por lo que dio vista a este Congreso para determinar y aplicar las sanciones que correspondan.

Atentamente,

Lic. Manuel Rosales Domínguez

SECRETARIO DE SERVICIOS JURÍDICOS

DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE DURANGO