Regulan los actos de la administración pública y de
los órganos autónomos
Con el objetivo de regular los actos y procedimientos de la administración pública
estatal y municipal, como de los órganos constitucionales autónomos, el Pleno del
Congreso de Estado aprobó la nueva Ley de Justicia Administrativa del Estado.
Cabe destacar que la iniciativa la presentaron los diputados Luis Enrique Benítez
Ojeda, Silvia Patricia Jiménez Delgado, José Antonio Ochoa Rodríguez, Jesús Ever
Mejorado Reyes, Gina Gerardina Campuzano González, Rosa María Triana
Martínez, Mar Grecia Oliva Guerrero, Alma Marina Vitela Rodríguez, Gerardo
Villarreal Solís y Rigoberto Quiñonez Samaniego.
De esta manera, se abroga la Ley de Justicia Fiscal y Administrativa del Estado y los
asuntos tramitados ante el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa del Poder
Judicial del Estado, antes de la entrada en vigor de la nueva Ley, se desahogarán
conforme a las normas bajo las cuales se iniciaron.
En este sentido, los procedimientos regulados por este ordenamiento se regirán
por los principios de legalidad, certeza, imparcialidad, sencillez, celeridad,
oficiosidad, eficacia, publicidad, gratuidad y buena fe.
Al respecto, el acto administrativo será válido hasta en tanto su anulabilidad o
nulidad no haya sido declarada por autoridad administrativa o jurisdiccional, según
sea el caso; cuyo procedimiento podrá iniciarse de oficio o a petición de la parte
interesada.
Por lo cual el promovente deberá adjuntar a su escrito los documentos que
acrediten su personalidad, así como los que en cada caso sean requeridos en los
ordenamientos respectivos.
La representación de las personas morales ante las autoridades administrativas
para formular solicitudes, participar en el procedimiento administrativo, interponer
recursos, desistirse y renunciar a derechos, deberá acreditarse mediante
instrumento público.