 Se crea el Consejo Técnico de Minería

Previo a la Clausura del Periodo Ordinario de Sesiones, el Poder Legislativo aprobó
la nueva Ley Estatal de Desarrollo y Fomento Minero de Durango, con la finalidad
de fomentar principalmente el desarrollo de la pequeña y mediana minería, como
la del sector social.
De esta manera, el Congreso del Estado adopta medidas legislativas para
incrementar los esfuerzos y abrir nuevos caminos para este sector e incentivarlo en
el sistema económico de la entidad.
En este sentido, se contempla un Fondo Estatal de Fomento Minero, el cual deberá
considerar de manera prioritaria el impulso y desarrollo de la pequeña y mediana
empresa minera duranguense y las empresas de mineros sociales de las
comunidades y ejidos; para financiar proyectos de promoción, capacitación,
investigación y exploración de minerales metálicos y no metálicos.
Además, se crea el Consejo Técnico de Minería como un órgano colegiado de
asesoría y consulta, de carácter honorífico, para que los representantes del sector
privado y académicos en el desarrollo de los sectores mineros duranguenses,
mediante propuestas de políticas de promoción y fomento minero, coadyuven en
la planeación, coordinación y evaluación de las mismas.
El nuevo ordenamiento, también contempla apoyos e incentivos fiscales para el
fomento minero que otorgará el Gobierno del Estado, mismos que podrán consistir
en exenciones y reducciones de impuestos y derechos estatales, en los términos
establecidos en las leyes fiscales y las disposiciones reglamentarias derivadas de las
mismas.
Así como incentivos no fiscales, como apoyos financieros para programas de
capacitación, adiestramiento y modernización; programas de expansión
empresarial; adquisición de bienes o servicios, estudios de pre inversión y

factibilidad, programas de exploración en proyectos de pequeña y mediana minería
y minería social, así como estudios minero-metalúrgicos.
También se precisa que el Congreso del Estado, integrará en la Ley de Egresos para
el Ejercicio Fiscal 2018, una partida presupuestal, con la que se iniciará el Fondo
Estatal del Fomento Minero; para los años subsecuentes corresponderá a la
Secretaría de Finanzas y de Administración del Gobierno del Estado, integrar
dentro del Presupuesto de Egresos anual.
Finalmente, el Titular del Poder Ejecutivo deberá integrar el Consejo Técnico de
Minería del Estado, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la entrada en
vigor del presente ordenamiento.