• Diputados del PRI promueven reformas para que se cumpla con sus necesidades básicas de subsistencia

Promueven reformas a la Ley para que se obligue y sancione a los padres y tutores que nieguen el derecho de niñas, niños y adolescentes, a recibir atención de las necesidades básicas de subsistencia, como son alimentación, educación, vestido, habitación y medicina.

El grupo parlamentario del PRI en el Congreso estatal, ingresó proyecto de Iniciativa de Ley para adicionar la Ley de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, con el objetivo de fijar las bases jurídicas locales para que se inhiba el abandono de los menores, mediante acciones coercitivas.

La diputada priista, Ali Gamboa, explicó que la obligación alimentaria que tienen los padres para con sus hijos, es resultado de mandato constitucional federal “que les vincula a procurar el mayor nivel de protección, educación y formación integral, en el marco del principio del interés superior del menor y con la característica de que recae en ambos padres, es decir, es una obligación compartida sin distinción de género”.

Dijo que la institución de los alimentos, va más allá del ámbito meramente alimenticio, “pues comprende educación, vestido, habitación, atención médica y demás necesidades básicas que una persona necesita para su subsistencia y manutención, elementos indispensables para el desarrollo integral de las personas”.

La iniciativa es reflejo del sentir que los legisladores priistas han captado de sus representados en los diferentes sectores de la sociedad duranguense, por la cantidad de casos de evasión para brindar la atención a que tiene derecho la niñez.

En los considerandos del proyecto de reforma, se precisa que sin que importe si los hijos han nacido fuera o dentro del matrimonio, la obligación de los padres de prestar alimentos a sus hijos queda integrada en la relación de patria potestad, enfatizó Ali Gamboa.

Con la propuesta de los parlamentarios priistas, la regla moral se transforma en precepto jurídico, lo que significa que la obligación de proporcionar alimentos presenta tres órdenes: social, porque interesa a la sociedad; moral, porque los vínculos de afecto no pueden dejarlos en el desamparo y jurídico, porque incumbe al derecho hacer coercible su cumplimiento.

Una vez que se dictamine, analice, discuta y apruebe, la Procuraduría de Protección a menores podrá asesorar y orientar de oficio y a petición de parte, a los afectados por incumplimiento en atención alimentaria, con el fin de que se sancione a quienes incurran en tal irregularidad.